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    EL INTENTO DE VACIAR UN GREMIO INCOMODO: SINDICATO DE SEGURIDAD PRIVADA INTERVENIDO POR MILEI

    Mateo VarelaPor Mateo Varelafebrero 20, 2026Actualizado:febrero 20, 2026No hay comentarios5 Minutos de Lectura
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    En medio del avance de la reforma laboral y de un clima político adverso a las organizaciones sindicales de base, el Gobierno de Javier Milei decidió intervenir —bajo la figura formal de “Delegado Normalizador”— al Sindicato de Seguridad de la República Argentina, una entidad de primer grado que representa a trabajadores de vigilancia privada en CABA, Provincia de Buenos Aires y Río Negro.

    La medida quedó plasmada en la Resolución 79/2026, firmada por el secretario de Trabajo Julio Gabriel Cordero, dependiente del Ministerio de Capital Humano. Pero detrás de la formalidad administrativa, se abre una pregunta política de fondo: ¿estamos ante un proceso genuino de regularización institucional o ante una intervención orientada a debilitar y eventualmente absorber a un sindicato autónomo?

    La Resolución 79/2026 declara la “ineficacia jurídica” de las elecciones celebradas el 19 de febrero de 2015 y sostiene que el sindicato se encuentra en estado de acefalía desde el 20 de diciembre de 2014. Sobre esa base, designa un Delegado Normalizador con facultades administrativas y ejecutivas amplias.

    La resolución se apoya en el artículo 56 de la Ley 23.551, modificado por el Decreto 342/2025, que habilita la designación excepcional de un funcionario cuando exista acefalía y no haya previsión estatutaria para regularizarla.

    BOLETIN OFICIAL Ministerio de Capital Humano

    Sin embargo, el propio Estatuto del Sindicato de Seguridad establece mecanismos internos de convocatoria a asamblea, elección de autoridades, revocación de mandatos y normalización institucional, incluyendo el rol soberano de la asamblea como órgano superior.

    Allí radica el núcleo del conflicto:
    si el estatuto prevé mecanismos democráticos de regularización, la intervención estatal debería ser el último recurso, no el primero.

    Desde el sindicato sostienen que existieron convocatorias y procesos electorales posteriores, que fueron comunicados a la autoridad administrativa en distintas oportunidades —incluyendo elecciones en 2022 y solicitudes de autorización en 2023—, lo que contradice la tesis de una acefalía absoluta y prolongada.

    El actual secretario general, Románo, elegido en elecciones por sus afiliados,  viene sosteniendo una línea de defensa institucional basada en la autonomía sindical y en la continuidad orgánica de la entidad. La conducción afirma que la declaración de “ineficacia jurídica” no puede arrasar con la vida institucional posterior ni desconocer actos comunicados formalmente a la autoridad administrativa.

    Desde el punto de vista del derecho colectivo, la discusión es delicada:
    la autonomía sindical —consagrada en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en el Convenio 87 de la OIT— impide que el Estado sustituya a la voluntad de los afiliados salvo situaciones extremas y debidamente acreditadas.

    En el contexto actual, donde el Gobierno impulsa reformas orientadas a reducir el poder sindical y flexibilizar las relaciones laborales, la intervención de un sindicato de seguridad privada no puede analizarse aisladamente.

    El sector de seguridad privada tiene un peso estratégico creciente: Es un engranaje silencioso pero estructural del funcionamiento económico y estatal. Los trabajadores de seguridad privada custodian bancos, transporte de valores, industrias estratégicas, puertos, centros logísticos, parques industriales, hospitales, universidades, edificios públicos, organismos estatales, centrales energéticas, empresas multinacionales, centros comerciales y grandes cadenas de retail.

    Participan en la protección de infraestructura crítica, control de accesos en instalaciones industriales, vigilancia en sectores financieros, resguardo de depósitos fiscales, protección en eventos masivos, custodia de mercadería en tránsito y control de activos de alto valor.

    Sin seguridad privada, gran parte del circuito económico simplemente se detiene. La seguridad privada no opera aislada: está en el corazón operativo de la economía. Aunque se trate de un sindicato de simple inscripción, su potencial estratégico no radica en el tamaño formal sino en el lugar que ocupa dentro del entramado productivo. Por eso su autonomía no es un detalle administrativo. Es una variable de poder.

    No se trata de una hipótesis ni de una especulación: lo que está en marcha es un proceso concreto de desplazamiento y absorción del Sindicato de Seguridad Privada por parte de estructuras sindicales de mayor envergadura, utilizando la figura de la intervención como herramienta para reordenar la representación del sector y alterar el equilibrio interno del mapa sindical. Cuando se declara la acefalía de manera retroactiva, se desconoce la vida institucional posterior y se invalida la continuidad orgánica de una conducción autónoma, se crea deliberadamente el escenario para vaciar de legitimidad a un gremio incómodo y habilitar su reemplazo por estructuras más grandes y alineadas con otros intereses. En términos políticos y sindicales, esto no constituye una simple normalización administrativa sino una redefinición del poder en el sector de la seguridad privada, un movimiento que impacta directamente en la autonomía sindical, en la identidad propia de los trabajadores representados y en el control de un sector estratégico que custodia infraestructura crítica, activos financieros y nodos centrales de la economía.

    En este escenario comienza a consolidarse una articulación nacional en defensa de la autonomía sindical del sector, con la participación activa de Eva Serrano, dirigente sindical con proyección federal y capacidad de articulación intergremial, quien interviene en la construcción de una estrategia institucional y jurídica frente a la intervención estatal. Su incorporación al proceso no sólo fortalece la defensa técnica del gremio, sino que amplía el alcance político del conflicto, conectándolo con otros sectores del movimiento.

    “No estamos frente a una mera “normalización”, sino ante una operación de vaciamiento sindical, en la que ningún sindicato puede considerarse ajeno a la posibilidad de que el Poder Ejecutivo, bajo la conducción de Javier Milei, declare acefalía en una organización que ha cumplido con su estatuto, con sus afiliados y con la normativa vigente. Por eso este no es un conflicto aislado, sino un llamado a la unidad del movimiento sindical, porque cuando intervienen a uno, se sienta un precedente para todos” afirmo Eva Serrano.

     

    79/2026 AUTONOMIA SINDICAL DELEGADO NORMALIZADOR LEY 23.551 MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO REFORMA LABORAL ARGENTINA SINDICATO DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA SINDICATO DE SEGURIDAD PRIVADA
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