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    Casa»NOTICIAS»Casas particulares: cómo y cuándo solicitar el reintegro del bono para los empleadores
    NOTICIAS

    Casas particulares: cómo y cuándo solicitar el reintegro del bono para los empleadores

    Angela DominguezPor Angela Dominguezseptiembre 6, 2023Actualizado:agosto 23, 2024No hay comentarios2 Minutos de Lectura
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    El ejecutivo nacional informó las condiciones para proceder con la devolución.

    El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación detalló los requisitos y la modalidad que deberán tener los empleadores del personal de casas particulares para poder solicitar el reintegro de hasta el 50% de la suma fija que deberán abonar este mes y en octubre. Lo hizo a través de la resolución 1136/2023 publicada en el Boletín Oficial.

    Según el Decreto 438/2023 publicado el último 30 de agosto, las empleadas domésticas recibirán un bono de $25.000 que será abonado en dos cuotas de $12.500, siempre y cuando sus salarios sean menores a $400.000. En tanto, la asignación se pagará de forma proporcional cuando dicha prestación sea menor a la jornada legal o convencional.

    Por lo pronto, podrán acceder al beneficio aquellos empleadores que no fueron alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en agosto último por un monto inferior a $1.500.000.

    Además, no deberán encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y la relación laboral debe haber estado activa en los meses de agosto y septiembre. En tanto, si el vínculo sólo estuvo activo en agosto y no en septiembre, solo se reintegrará la primera cuota de la suma fija.

    También deberán presentar la siguiente documentación:

    • declaración jurada (DDJJ) del monto abonado de suma fija y fecha de pago de la misma;
    • recibo de pago firmado de conformidad por el trabajador ya sea de la suma fija o del salario con la suma fija incluida;
    • los datos de la cuenta bancaria con su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU);
    • DDJJ de los ingresos netos percibidos en agosto y la fuente de los mismos;
    • DDJJ de las horas trabajadas por el trabajador;
    • DDJJ del lugar de residencia del empleador.

    Respecto a los plazos establecidos para tramitar los reintegros, los empleadores lo deberán hacer entre el 25 y 29 de septiembre para la primera cuota y entre el 2 y 8 de octubre para la segunda. El mismo se deberá realizar en afip.gob.ar a través de la solapa “casas particulares”, opción “solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE”.

    #BONO EXTRAORDINARIO #CASAS PARTICULARES #INFLACION
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