Durante el comienzo del fin de semana “extralargo”, hay más de 18 kilómetros de cola en la Ruta 2 rumbo a la Costa Atlántica por un accidente que generó caos y enormes demoras en el trayecto.
Un choque ocurrido esta mañana a la altura de la localidad de El Peligro, partido de La Plata, generó extensas filas en la Autovía 2 rumbo a la Costa Atlántica, en el comienzo del fin de semana largo.
El accidente fue protagonizado por una camioneta Kangoo roja que volcó durante la madrugada. Eso generó larguísimas filas.
Pasadas las 8, las demoras generaron una cola de autos que se extendió alrededor de 18 kilómetros.
Los trabajadores de Autopistas de Buenos Aires (AUBASA) intentaban limpiar el lugar, y evitar que la gente utilice la banquina para adelantarse.
“En Autopista Buenos Aires-La Plata el tránsito es intenso y con demoras en Ruta Provincial 36 sentido a Autovía 2. Marcha lenta desde Hudson y Berazategui. Hacia CABA sin demoras”, comunicaron desde AUBASA en X.
El jueves de esta semana, ya había ocurrido otro siniestro en la misma ruta, cuando un joven de entre murió tras ser atropellado por un camión en el kilómetro 54.5 y comenzó a investigarse el hecho como un homicidio culposo.
Todo sucedió cuando un camión Mercedes Benz Axor 1933S, conducido por un hombre identificado como José María Druetta, de 66 años y oriundo de Mar del Plata, embistió a un peatón que caminaba por la zona.
Restricción del tránsito pesado
La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, con el fin de facilitar el desplazamiento de vehículos y contribuir a la prevención de siniestros de tránsito en rutas claves para el turismo de cercanía, restringió la circulación de camiones de siete toneladas en bruto.
La medida comenzó a funcionar ayer jueves 20 a las 18 hs y se mantuvo hasta las 23.59 hs. Hoy, se está cumpliendo desde las 6 de la mañana y se extiende hasta las 14 hs. Ambos días en sentido a la Costa Atlántica. Y, lo propio sucederá el próximo lunes 24 en sentido opuesto, es decir, hacia la Ciudad de Buenos Aires entre las 14 y las 23.59 hs.
Estas son las rutas inhabilitadas a la circulación de camiones durante el finde XL
Jueves, viernes y lunes son los días en los cuales no pueden utilizar cinco rutas provinciales, más la Autovía 2.
Las mismas son:
Autopista Buenos Aires – La Plata
- Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.
Ruta Provincial N º 2 (AUTOVIA 2)
- Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).
Ruta Provincial N º 11
- Desde intersección con RP N.º 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal).
Ruta Provincial N º 36
- Desde Rotonda RP N º 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP N º 11 (Pipinas).
Ruta Provincial N º 56
- Desde su intersección con la RP N º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP N.º 74 (Gral. Madariaga).
Ruta Provincial N º 63
- Desde Distribuidor de Transito con RP N º 2 (Dolores) hasta Intersección con RP N º 11 (Esquina de Crotto).
Ruta Provincial N º 74tedehg
- Desde su intersección con la RP N º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N º 11 (Pinamar).
La medida alcanza restricción a la circulación de camiones es solo para aquellos cuyo porte bruto sea de 7 toneladas y, pero, también prevé excepcionalidades para los siguientes casos:
- Los vehículos del autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto y los vehículos que a continuación se detallan:
- Transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados.
- Transporte de animales vivos.
- Transporte de pescado y mariscos congelados.
- Transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
- Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
- De atención de emergencias.
- De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
- Transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
- Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
- Transporte de medicinas.
- Transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
- Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
- Transporte de sebo, hueso y cueros.
Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.
